Da Tribunal plazo de 30 días a Morena para resolver caso de Ebrard

4, octubre 2023

PATRICIA RAMÍREZ

Foto: Cortesía TEPJF

La Comisión de Honestidad y Justicia de Morena deberán resolver la impugnación de Marcelo Ebrard al proceso interno para la elección de la coordinación de los Comités de Defensa de la Transformación en un lapso de 30 días, determinó la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Durante la sesión de este martes, los magistrados electorales señalaron que es inexistente la omisión de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, de tramitar la queja presentada por Marcelo Luis Ebrard Casaubon, con relación al proceso interno de selección de la Coordinación de la Defensa de la Cuarta Transformación.

 

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El asunto inició cuando Morena dio a conocer el método para elegir a la persona encargada de la Coordinación de la Defensa de la Cuarta Transformación, en junio del presente año. Posteriormente, el 6 de septiembre, el partido informó los resultados de ese proceso interno.

En desacuerdo con lo anterior, Marcelo Ebrard presentó una queja ante el partido político el 10 de septiembre, solicitando que se anulara y volviera a realizar el referido proceso. El 25 de septiembre, Ebrard acudió ante la Sala Superior, porque el órgano partidista no había admitido su queja.

 

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A propuesta del magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón, y con la ausencia justificada de la magistrada Janine Otálora Malassis, determinó, por unanimidad de votos, inexistente la falta atribuida a Morena. Lo anterior, porque la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia admitió la queja a trámite el 29 de septiembre.

No obstante, exhortó, por mayoría de votos, con el voto en contra del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, a la mencionada Comisión para que resuelva la queja dentro de los plazos legalmente establecidos.

Acortan precapañas

En otro caso, los magistrados electorales determinaron que las precampañas de los partidos políticos a cargos de elección popular se recorrerán alrededor de tres semanas, para iniciar en la tercera semana de noviembre, en lugar del 5 de noviembre, como había determinado el Instituto Nacional Electoral.

El Tribunal precisó que el INE debe respetar que el periodo de precampañas no debe ser mayor a 60 días y con base en eso, el INE debe fijar nuevas fechas de inicio, entre el 20 y 26 de noviembre y se recorrerá también el fin de esa etapa del proceso electoral.

 

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Asimismo, los magistrados no argumentaron adecuadamente la fecha para el inicio del proceso de precampañas y estableció una fecha diferente a la establecida en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) para el inicio de las precampañas, lo que ocasionó afectaciones a los derechos de los partidos políticos, pues recorta sus plazos de procesos internos.