De nuevo, da el INE carta libre a aspirantes presidenciales de Morena

15, diciembre 2022

PATRICIA RAMÍREZ

Foto: Cuartoscuro

El Instituto Nacional Electoral (INE) volvió a dar carta libre a los aspirantes de Morena a la presidencia de la República, pues rechazó imponer medidas cautelares ante los actos públicos que realiza, en tanto que el proceso electoral presidencial aún no está en marcha.

La Comisión de Quejas y Denuncias rechazó las solicitudes presentadas por el  PAN, PRD y PRI, así como diversas senadoras y senadores, por promoción personalizada, uso indebido de recursos, actos anticipados de campaña y precampaña, difusión ilegal de informes de labores, supuesta violación al principio de neutralidad y equidad en la contienda.

Primero, declaró improcedentes las medidas cautelares contra el presidente de la República, la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, el director general del Sistema de Transporte Colectivo Metro, entre otros servidores públicos, derivado de la convocatoria realizada por el presidente Andrés Manuel López Obrador durante la conferencia de prensa matutina del 17 de noviembre de 2022, en la cual invitó a participar a la marcha que se celebró el  27 de noviembre en la Ciudad de México, con motivo de la difusión del Informe Cuatro Años de Transformación, al considerar que se trata de actos irreparables. 

También negó la solicitud de tutela preventiva para exhortar a los servidores públicos y al partido político Morena, a que se abstengan de realizar publicaciones en redes sociales o colocación de propaganda relacionada con la marcha, ya que se trata de hechos futuros de realización incierta, además de que no existe base para estimar que dicho evento o alguno otro con las mismas características se celebrará en lo subsecuente, ni mucho menos se advierte elemento de urgencia o imperiosa necesidad que justifique un pronunciamiento en ese sentido. 

Referente al probable uso indebido de recursos públicos, es un trauma respecto del cual la Comisión no puede pronunciarse siendo la dala regional especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación quien resuelva el fondo del asunto. 

Por lo que toca a la difusión de la canción “Ya convéncete”, dedicada a Claudia Sheinbaum, los consejeros electorales consideraron que la difusión, desde el 1° de diciembre del año en curso, en la red social Facebook y en diversos medios digitales, de una canción intitulada “Ya convéncete” que, a juicio del quejoso, es promoción a la servidora pública por parte de la agrupación musical Grupo Firme.

Se concluyó, que no se actualizan los elementos de urgencia, imperiosa necesidad o peligro en la demora para su dictado, pues la posible afectación, incidencia o daño que alega el denunciante se materializaría o concretaría en procesos electorales futuros cuyo inicio será hasta septiembre de 2023, es decir faltan nueve meses para su eventual comienzo, sin contar el mes que transcurre.

También se declaró la improcedencia de la medida cautelar, en cuanto a la difusión en redes sociales, al considerar que, del análisis preliminar, se advierte que se trata de publicaciones en Facebook ajena a los denunciados y dirigidas a un público determinado como lo son personas que siguen, simpatizan o están interesadas en el contenido de la página identificada como “Es Claudia”, es decir, para la visualización del material denunciado se requiere de un acto de voluntad.

Finalmente, negó las medidas cautelares respecto a los supuestos actos anticipados de precampaña y campaña que en el marco del proceso electoral federal 2023-2024, pues de la misma forma no se advierte la urgencia o peligro en la demora que justifique la medida cautelar respecto de la difusión de dicha creación musical.