Violencia política

Hay 253 casos de violencia política de género en el país

28, noviembre 2022

PATRICIA RAMÍREZ

Foto: Cuartoscuro

El Registro Nacional de Personas Sancionadas por Violencia Política en Razón de Género, implementado por el Instituto Nacional Electoral (INE) tiene documentados 253 casos de este tipo de conductas contra las mujeres. Oaxaca es la entidad que encabeza la lista de personas en este padrón, con 81 registros, esto es, un 32 por ciento del total nacional.

La presidenta del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, Elizabeth Bautista Velasco, explicó que la mayoría de estos casos se refiere a la violencia en el ámbito municipal y en algunos de ellos tiene más de un registro, por citar algunos ejemplos, como el municipio de San Andrés Ahuatlán, San Cristóbal Amatlán, que tienen 9 registros cada uno.

La funcionaria electoral precisó que los 29 juicios en donde se han sancionado a personas representan el 60 por ciento del total de juicios en los cuales se ha acreditado la violencia política en razón de género.

Otro dato que llama la atención es que entre las personas a las que se les comprobó alguna irregularidad están 20 mujeres y 58 hombres, y algunas de ellas fueron registradas más de una ocasión, dos o tres veces.

“Comparativamente y en el ámbito municipal, si tomamos como universo la lista de municipios en donde fueron sancionadas las personas que aparecen en el registro tenemos que en 28 municipios oaxaqueños, esto es el 5 por ciento del total de la entidad, hay personas integrantes de los ayuntamientos que fueron sancionadas”, explicó.
Conductas señaladas

Las conductas señaladas, por las que estas personas fueron sancionadas son omisión de la víctima en las convocarlas a las sesiones de cabildo, tomarle protesta, darle información, reducir sus dietas, el pago de dietas, retirar información, expresiones que menoscaban sus derechos político-electorales.

Así también es importante señalar que en seis municipios hay reincidencia como la Villa de Zaachila, Santa Catalina Quierí y Tejúpam de la Unión.

Indistintamente si se aplican las sanciones señaladas por la ley, hasta ahora, en el ámbito penal también la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales ha reportado 9 casos en los cuales ha impuesto sanciones.

La magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso, integrante del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) consideró que se tiene que hacer una evaluación a las reformas implementadas.

Violencia contra mujeres

Resaltó que la violencia contra las mujeres es cotidiana en todos los espacios, y desde la jurisdicción electoral, entre otros, se trabaja de manera incansable para erradicarla.

A su vez, la consejera electoral del INE, Carla Humprey, consideró que este registro nacional ha servido para inhibir y visibilizar este tipo de violencia.

Y los tribunales locales solamente en el 8 por ciento de los casos, una vez que acredita la violencia política, determina si una persona deja de cumplir con tener un modo honesto de vida, lo cual es muy grave, porque ésta tiene que ser una consecuencia casi inmediata de una persona que violenta a una mujer, el que no pueda ser funcionaria o funcionario público.

“Desde el INE también vimos que una de las primeras formas de violentar era no darles recursos para sus campañas, no darles acceso a radio y televisión; por lo tanto, hicimos estos lineamientos para que, al menos, el 40 por ciento del financiamiento público y de los espacios en radio y televisión fueran también destinados para las candidaturas de mujeres.

“Que lamentable, el papel de la Comisión Nacional de Derechos Humanos presentando acciones de inconstitucionalidad por reformas en Yucatán y en Hidalgo, que pretenden que personas que tengan historial de violencia de género, de violencia política no puedan ocupar cargos públicos”, señaló.

Algunas de las conductas señaladas por las víctimas, son: omisión de convocarlas a sesiones de cabildo, de proporcionarle información y de tomarlas en cuenta para decisiones de cabildo; reducción de dieta, reasignación del personal a su cargo, despojo del espacio de trabajo, invisibilizarla en el desempeño de funciones y omisión de atender los proyectos que presentaba.

También, se han dado por la falta en el pago de las dietas o sueldos; en las expresiones que menoscaban el ejercicio de los derechos de la víctima, al señalar que no tiene capacidad para ejercer el cargo a las que fueron designadas.